Términos y Condiciones Generales
Contrato De Arrendamiento De Vehículo Vantura
Con la firma del Contrato de Arrendamiento de Vehículo Vantura, aceptas el contenido de este Anexo y lo que aquí se regula. Este anexo, el acta de entrega y devolución y, los tarifarios vigentes y publicados en la plataforma, hacen parte integral del contrato. Lo no regulado se hará conforme a las normas sobre arrendamiento en Colombia.
- Identificación
El Contrato de Arrendamiento se suscribe entre:
- La sociedad VANTURA S.A.S, identificada con NIT. 901.547.226-4, con domicilio social en la ciudad de Bogotá D.C., representada legalmente por ANDRÉS CAMILO DELGADILLO LÓPEZ, mayor de edad, identificado con la cédula No. 80.111.200 de Bogotá D.C., con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., y quien en adelante se denominará el “Arrendador” y,
- La persona identificada en el Contrato de Arrendamiento de Vehículo Camper Van Vantura, quien en adelante se denominará el “Arrendatario” y/o “Usuario”.
- Definiciones
- Arrendador. Es la sociedad Vantura S.A.S., quien te entregará la tenencia del vehículo según el modelo que hayas escogido, y durante el tiempo pactado en el Contrato de Arrendamiento.
- Arrendatario. Eres tú, persona natural o jurídica, identificada en el Contrato de Arrendamiento y en el acta de entrega, quien toma el servicio a través del Sitio Web o de la Aplicación móvil, y se hace responsable por el integral cumplimiento y observancia del presente contrato.
- Usuario. Es la persona natural designada para la conducción del vehículo entregado en arrendamiento, quien para todos los efectos del presente contrato se entenderá con la misma calidad y obligaciones del Arrendatario. También será Usuario toda persona que tenga el uso y goce del vehículo entregado por el Arrendador. (¿se permitirán mascotas?)
- Conductor. Persona natural que a partir de la celebración del Contrato de Arrendamiento es designada para la conducción del vehículo. Por regla general se entenderá que es el Arrendatario, salvo que éste designe como Conductor a un Usuario.
- Contrato de Arrendamiento. Es el Contrato de Arrendamiento de Vehículo Vantura que firmas una vez lees el presente anexo de Términos y Condiciones Generales.
- Contrato. De manera integral, Contrato hace referencia al Contrato de Arrendamiento, al presente anexo de Términos y Condiciones Generales, al acta de entrega y devolución, y a los tarifarios vigentes y publicados en la plataforma.
- Acta de Entrega y Devolución. Constancia y condiciones en que se entrega y se recibe el vehículo.
- Plataforma. Hace referencia al Sitio Web ______ y a la Aplicación móvil.
- Objeto
Por medio del presente contrato, el Arrendador entrega en arrendamiento de corto plazo al Arrendatario y/o Usuario, el vehículo que se describe en el Contrato de Arrendamiento y en el Acta de entrega, el cual se debe usar exclusivamente en el territorio nacional.
- Modalidad Del Contrato
La modalidad del presente Contrato es de Arrendamiento a Corto Plazo por día, sin exceder de __ (_) días y aplicando una Tarifa diaria que equivale al valor de arrendamiento por 24 horas de tenencia del vehículo.
Por lo anterior, al momento de finalizar el plazo debes devolver el vehículo, pero si quieres devolverlo antes lo puedes hacer sin que se genere penalidad alguna, siempre que se cumpla con lo mencionado en la cláusula __ sobre devolución.
- Duración Del Contrato
La duración se establece en el Contrato de Arrendamiento y en el acta de entrega. Este plazo podrá ser prorrogado mediante acuerdo entre las partes, pero en ningún caso la duración de tu contrato podrá superar ____ (___) días.
Recuerda que, si decides prorrogar el contrato esta modificación se realizara mediante un otrosí, para lo demás seguirán aplicando las mismas cláusulas, pero la Tarifa podrá variar según los valores que se encuentren vigentes en la plataforma.
- Entrega Del Vehículo
El Arrendador te hará entrega del vehículo en la fecha y hora acordada, la cual estará establecida en el Contrato de Arrendamiento.
- Acta de Entrega. En este documento deberá dejarse constancia del estado en el que tú o el Usuario reciben el vehículo el día de la entrega.
- Pago previo. Será condición indispensable para la entrega del vehículo, pagar previamente el canon de arrendamiento de acuerdo con la siguiente cláusula.
- Tarifa y Canon De Arrendamiento
- Tarifa. Durante el plazo de este Contrato, el Arrendatario y/o Usuario reconocerá como tarifa la suma expresada en la plataforma bajo la modalidad de Arrendamiento a Corto Plazo por día, misma que se estipula en el Contrato de Arrendamiento y en el Acta de Entrega.
- Composición De La Tarifa. El valor de la Tarifa se compone por los siguientes cargos:
- Tarifa diaria: Valor del arrendamiento por 24 horas de tenencia del vehículo.
- Seguro Obligatorio: Es el cargo diario por la cobertura básica que ampara el vehículo. Este valor cubre los riesgos por responsabilidad civil extracontractual.
- Canon. Es la suma total que el Arrendatario deberá de pagar al Arrendador de acuerdo con la tarifa y los dias contratados según el Contrato de Arrendamiento.
- Forma de pago. La totalidad del canon se pagará de manera anticipada a la entrega del vehículo a través de los canales definidos por el Arrendador, salvo que se determine otra forma de pago entre las partes. En todo caso, tendrás que pagar por los días adicionales que te tomes para devolver el vehículo, esto, acorde con la Tarifa establecida para el momento.
- Servicios Adicionales
Son servicios que no se encuentran incluidos en el canon de arrendamiento y por los que deberás pagar un valor adicional, en caso de que decididas utilizarlos o estos se generen.
- Tasa de servicio. Es el cargo del __% más IVA, por concepto de gastos administrativos y/o de gestión sobre los servicios adicionales que el Arrendatario decida contratar.
- Servicio de Tanqueo. Puedes contratar este servicio desde la firma del Contrato de Arrendamiento a la tarifa vigente e informada por el Arrendador al momento de la entrega del vehículo. Con este servicio evitas tener que devolver el vehículo con mismo nivel de combustible con el que te fue entregado.
- Servicio de Lavada. Puedes contratar el servicio desde la firma del Contrato de Arrendamiento a la tarifa vigente e informada por el Arrendador al momento de la entrega del vehículo. Con este servicio evitas tener que devolver el vehículo lavado; este servicio comprende una lavada básica que no incluye, entre otros: lavado de cojinería y desodorización.
- Reembolsos o Pagos Compensatorios
Son los valores que como Arrendatario debes de reembolsar al Arrendador. Sobre estos pagos o reembolsos, se adicionará la Tasa de Servicio del __% más IVA, por concepto de gastos administrativos y/o de gestión.
El Arrendatario y/o Usuario autorizan al Arrendador para realizar cobros no presenciales en aquellos casos en los cuales se encuentren obligados a realizar el reembolso por alguno o varios de los conceptos que seguidamente se describirán, así como por cualquier otra obligación contraída con ocasión del presente Contrato. Para esto el Arrendador procederá a informarle al Arrendatario y/o Usuario el monto de los valores que deban de ser pagados y en caso de no lograr el pago directo por parte de estos, cargará los valores correspondientes a la tarjeta de crédito en un periodo de 24 horas.
Los conceptos sujetos a Reembolsos o Pagos Compensatorios son:
- Combustible. El Vehículo se te entrega con el tanque lleno, por lo que tendrás que devolverlo en el mismo estado, de lo contrario, te será cobrado el combustible faltante al momento de la devolución del Vehículo a la tarifa vigente, y teniendo como referencia el nivel de combustible al momento de la devolución.
- Lavada. El Vehículo se te entrega lavado (interna y externamente) y lo tendrás que devolver en el mismo estado, de lo contrario, te será cobrado este servicio a la tarifa vigente, dependiendo del grado de suciedad al momento de la devolución.
- Daño al mobiliario. Por los daños y/o perdidas que sufra el mobiliario interno del Vehículo, se te cobrará el valor de los gastos para su reparación o compensación por perdida.
- Pérdida de Documentos o Placas. Si pierdes los documentos o placa del Vehículo, se te cobrará la tarifa vigente para la obtención de una nueva documentación o de una nueva placa ante las autoridades de tránsito.
- Pérdida de llaves. Si pierdes las llaves del Vehículo, se te cobrará el valor de los gastos para la obtención de las nuevas llaves.
- Tasa por Gestiones de Tránsito y Fiscalías. En cual quiera de los casos en que el Arrendador tenga que asumir costos por gestiones de tránsito, legales o de cualquier índole derivados del presente Contrato y que sean responsabilidad tuya o del Usuario, se te cobrarán todos los gastos a los que haya lugar.
- No Show. Si no te presentas para recibir el Vehículo en el lugar y en la fecha establecida y/o no cancelas la reserva con al menos veinticuatro (24) horas de anterioridad, se te cobrará el equivalente a una Tarifa diaria según la tarifa establecida para el tipo de Vehículo reservado.
- Infracciones de tránsito. En caso de presentarse infracciones de tránsito durante la vigencia de este Contrato, el Arrendatario y/o Usuario deberá reembolsar al Arrendador el valor de la infracción. Dentro de estas infracciones de tránsito se encuentran incluidas todas las foto multas que se generen durante la vigencia del Contrato, bien sea que hayan sido recibidas por el Arrendador durante la vigencia del Contrato y que no hayan sido pagadas por el Arrendatario y/o Usuario o cuando sean notificadas con posterioridad a la restitución del vehículo.
En todo caso, cualquier reclamación sobre la procedencia o improcedencia de las multas de tránsito deberá ser realizada ante el organismo de tránsito, sin que esto impida o retrase tu obligación de reembolso a el Arrendador.
- Grúa. En caso de que se tenga que utilizar grúa para realizar la devolución del Vehículo a los puntos autorizados, o para llevarlo a un taller por causas imputables a ti o al Usuario, se te cobrará el valor de este servicio.
- Liberación del Vehículo. Si el Vehículo fuera retenido por las autoridades competentes como consecuencia de un incidente en el cual se vea involucrado, se te cobrarán los valores necesarios para su liberación, incluyendo tanto los servicios de la persona que se haya tenido que contratar para el trámite, como los gastos de liberación, parqueaderos y todos los demás gastos necesarios para dicha gestión. Adicionalmente deberás pagar el canon hasta que el vehículo sea liberado y sea retornado al Arrendador.
- Parqueadero Público. Si durante la vigencia del contrato y por causa no imputable al Arrendador el Vehículo es dirigido a un parqueadero público, se te cobrará el valor cargado por el establecimiento y el necesario para retirarlo de este.
- Horas extra. El Arrendador te concede una (1) hora de tolerancia, por lo que a partir de la hora siguiente a la hora que debes devolver el vehículo se te cobrará un 1/5 del valor de la Tarifa diaria por cada hora extra. A partir de la quinta (5ª) hora extra, se empezará a cobrar el valor de la Tarifa diaria establecida en el Contrato de Arrendamiento.
- Devolución Del Vehículo
- Lugar de devolución. Se deberá de devolver únicamente en los parqueaderos o zonas autorizadas, en la fecha y hora acordada.
- Estado del vehículo. El vehículo deberá ser devuelto al Arrendador por el Arrendatario y/o Usuario en el mismo estado en que fue recibido, salvo el desgaste natural por uso, además de lavado (interna y externamente) y con el tanque de combustible lleno, salvo que hayas contratado de manera previa estos servicios.
- Devolución extemporánea. En caso de que el Vehículo no sea restituido dentro del término estipulado en el Contrato de Arrendamiento y acta de entrega, seguirán aplicando las cláusulas del contrato inicial y se continuará con las mismas obligaciones y derechos pactados dentro del mismo, además del pago compensatorio de horas extras. Por lo tanto, la Tarifa y el valor de los Servicios Adicionales cesan al momento de la devolución del Vehículo acorde a lo aquí estipulado.
- Devolución efectuada. La devolución del Vehículo solo se entenderá efectuada cuando el Arrendador lo tenga de nuevo en su dominio y físicamente, en el lugar convenido y con la respectiva suscripción por parte del Arrendatario del acta en la que conste las condiciones de restitución.
- Retraso injustificado. En caso de haber algún retraso en la restitución del vehículo, sin causa alguna que lo justifique de acuerdo con el contenido del presente Contrato, se entenderá como apropiación indebida, lo que puede dar lugar al inicio de acciones civiles o penales por parte del Arrendador. Los gastos por el inicio de estos procesos estarán a cargo del Arrendatario y/o Usuario, así como los gastos por los procesos que el Arrendador inicie con la finalidad de recuperar la tenencia del vehículo.
- Obligaciones En Caso De Siniestro y Coberturas Disponibles
- Protección Obligatoria. Cobertura básica que ampara el Vehículo. Este seguro se paga a través de la Tarifa diaria con un valor fijo que cubre los riesgos por responsabilidad civil extracontractual.
- Participación Obligatoria. Es un valor máximo que estás obligado a reconocer al Arrendador, para cubrir parte de los perjuicios ocasionados en los casos de siniestros (totales o parciales), por responsabilidad civil extracontractual, por daños o por hurto del vehículo y dentro de los cuales se pueden destacar los siguientes, sin limitarse a: tiempo en el cual el Vehículo se encuentre no disponible (lucro cesante), gastos administrativos, movilizaciones, combustible, valor del daño o cualquier otro que pueda demostrar el Arrendador. En caso de que el valor del arreglo del Vehículo sea menor al de la Participación Obligatoria, se te cobrará aquel según las tarifas de reparación que tenga el Arrendador. En ningún caso la Participación Obligatoria corresponde o se puede entender como el pago de un deducible.
- Protección Total. Es una cobertura adicional que puedes tomar de acuerdo con los riesgos que quieras asumir, cubre al 100% la pérdida total o parcial del Vehículo y sus partes por daño o hurto, salvo en los casos de uso indebido o dolo. Al adquirir esta protección, te evitas tener que pagar el valor de la Participación Obligatoria en caso de siniestro.
- Lucro cesante: Se considera lucro cesante el tiempo que transcurre entre el momento en que el Arrendador debió tener la restitución del vehículo para poder ser arrendado a otro arrendatario, y no se ha dado tal restitución por parte del Arrendatario y/o Usuario. Este lucro cesante se suspenderá cuando el vehículo sea recuperado o recibido por el Arrendador en iguales condiciones a como fue entregado, hasta que reciba la indemnización de perjuicios o hasta que se expida la constancia de no recuperación por parte de la Fiscalía. En estos casos se cobrará por cada día, la tarifa diaria más los servicios y protecciones que tuvieran contratados Arrendatario y/o Usuario a las tarifas vigentes para el tipo de vehículo que está ocasionando el lucro cesante.
- Eventos no cubiertos. Debes de tener en cuenta que ninguna de las coberturas cubre los siguientes eventos:
- Hurto derivado de la perdida de las llaves y los documentos del vehículo.
- Apropiación indebida.
- Pérdida de llaves, documentos y/o placas del Vehículo.
- Pérdida de accesorios o llantas: En caso de hurto o daño parciales del Vehículo, será cobrado el valor integral de cualquier accesorio y/o de las llantas del Vehículo, siempre cuando el evento no esté asociado a un siniestro debidamente certificado por una entidad aseguradora. Gastos de remolque o acarreo producto de incidentes de tránsito que impliquen inmovilización del vehículo.
- Gasto de tarifas y tasas de liberación del Vehículo ante cualquier organismo de tránsito o similares en caso de que el Vehículo fuera retenido por cualquier autoridad competente por causas no imputables a la Arrendadora.
- Daños morales.
- Servicios profesionales de abogados y/o gestores.
- Perdida de las coberturas. Puedes llegar a perder las coberturas cuando:
- No diligencies el reporte de siniestro para la aseguradora dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al siniestro.
- No presentes denuncia, la ampliación de esta y las constancias en caso de hurto.
- Entregues el Vehículo a un tercero bajo cualquier título, sin previa autorización escrita del Arrendador.
- Transites con el Vehículo fuera del territorio nacional sin previa autorización escrita del Arrendador.
- Seas negligente en la guarda material y jurídica del Vehículo, especialmente si lo dejas abandonado, o estacionado con las puertas sin seguro o con los vidrios abajo, con la llave de encendido puesta o cualquier otra situación de descuido.
- Actúes con dolo en los accidentes que se generen con el Vehículo o en los eventos de hurto.
- Hagas un uso inadecuado del Vehículo. Se consideran uso inadecuado todos aquellos daños que sean ocasionados por una operación no adecuada o abuso del vehículo, o por eventos fortuitos diferentes al desgaste normal de las piezas de este, tales como, pero sin limitarse:
- Circular en vías inundadas o sin condiciones de tránsito normal que pongan en riesgo al Vehículo.
- Conducir en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas.
- Destinarlo para fines diferentes al específico que consta en la licencia de tránsito y/o en las especificaciones del fabricante, tales como transportar personas y/o bienes mediante el cobro de remuneración de cualquier especie; transportar personas y/o bienes por encima de la capacidad informada por el fabricante del vehículo (lugares, peso o extensión); acarrear o remolcar cualquier vehículo, participar en competencias, carreras, destinarlo a la enseñanza de conducción, transporte de explosivos, combustibles y/o materiales químicos y/o inflamables, además de paseos en dunas y playas o realizar con el Vehículo cualquier actividad ilegal.
- Daños en motores por manejo a revoluciones altas.
- Daños en cajas de transmisión por mal manejo de esta.
- No permitir el mantenimiento preventivo del vehículo si este ha sido informado con previo aviso.
- Daños causados por no atención de los testigos de tablero o alarmas sonoras.
- Reparaciones que denoten daños intencionales, tales como rayones en los vehículos con llaves u otros elementos.
- Pérdida de elementos o cambios no autorizados: Llantas, rines, espejos, ceniceros, entre otros.
- Golpes en el chasis y carrocería.
- Daños en llantas por una mala operación o eventos fortuitos.
- Realizar una reparación sin informar previamente al Arrendador.
En caso de que pierdas las coberturas, deberás responder ante el Arrendador y/o ante terceros por los perjuicios que puedan causarse. Si hay pérdida de las coberturas por las causales contempladas en el presente Contrato, estarás obligado a la reposición del Vehículo o a reconocer el valor total de la reparación de este en el taller elegido por el Arrendador y al pago de los perjuicios causados.
- Indemnidad. El Arrendatario y Usuario se obligan a mantener indemne al Arrendador de cualquier reclamo judicial o extrajudicial que terceros formulen en su contra como consecuencia de los errores, u omisiones o de la tenencia en los que incurran en virtud del presente Contrato.
- Procedimiento En Caso De Inmovilización, Hurto, Accidente Con O En El Vehículo
En estos casos debes comunicarte y reportar el hecho para que te informen el procedimiento que se debe seguir:
- Inmovilizaciones. Comunicarse con el Arrendador a la línea _____.
- Hurto. Dar aviso a las autoridades de manera inmediata a través de sus canales autorizados, e interponer la denuncia ante la Fiscalía, realizar la ampliación de esta y remitir los documentos soporte a ______ dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la ocurrencia del hecho. En caso de no hacerlo podrás perder las coberturas contratadas. Igualmente deberás entregar las constancias de la Fiscalía que sean necesarias en caso de hurto.
- Accidentes con o en el Vehículo. Comunicarse con el ___ de Asistencia de la Aseguradora e informar lo sucedido. Posteriormente dirigirse a ___ con los documentos para presentar el reporte de siniestro. Adicionalmente, tendrás que realizar el reporte a la aseguradora e informar al Arrendador el número de radicado. Seguirás pagando la Tarifa vigente para el tipo de Vehículo por los días en que tardes en enviar y cumplir con el procedimiento descrito o el que te informe la autoridad competente que se deba realizar. En caso de cualquier siniestro con el Vehículo, deberás comunicar el hecho inmediatamente al Arrendador.
- Obligaciones del Arrendatario y Usuario
- Obligaciones. Como Arrendatario y Usuario, además de lo indicado en el resto de este anexo y el contrato, debes:
- Presentar documento de identificación, así como el de las personas que conducirán el Vehículo, y licencia de conducción vigente y apropiada a la categoría del Vehículo. Además, quienes conduzcan, tendrán que ser mayores de edad.
- Mantener la guarda material y jurídica del Vehículo durante el tiempo del arrendamiento, por lo tanto, no entregarlo a terceros bajo ningún título ni para su explotación bajo modalidad contractual alguna, sin autorización previa y por escrito de la Arrendadora. Aunque tengas autorización, serás el único responsable por todo lo que ocurra y lo que se cause con o en el Vehículo. Deberás usarlo únicamente en las condiciones y en los terrenos para los que fue fabricado, siguiendo las instrucciones de sus manuales y las condiciones de uso establecidas.
- No incurrir en las causales de pérdida de protecciones acorde con la Cláusula 11.6.
- No darle un uso inadecuado al Vehículo acorde con la Cláusula 11.6., literal g.
- No realizar al Vehículo directamente, ni por intermedio de terceros, reparaciones, transformaciones, modificaciones a piezas, repuestos, partes, o modificaciones al odómetro sin la previa autorización del Arrendador.
- Cumplir con las obligaciones establecidas por las normas vigentes de tránsito y toda la normativa que se relacione con el uso de Vehículos. En caso de incumplimiento, deberás responder ante el Arrendador y las respectivas autoridades por las infracciones de tránsito que se produzcan durante la vigencia del arrendamiento y que sean causadas directamente por ti o los conductores que designes. Teniendo en cuenta que estas infracciones son ajenas a la Arrendador, por no tener la guarda material y jurídica del Vehículo, no podrás oponerte al pago de las multas alegando los descuentos que otorgue la ley o procedimientos administrativos ante la autoridad competente.
- Utilizar el Vehículo únicamente dentro del territorio nacional.
- Pagar el canon de acuerdo lo pactado en el Contrato de Alquiler y acta de entrega.
- Devolver el Vehículo bajo las condiciones mencionadas en la Cláusula 10.
- Responder por los actos de los conductores del Vehículo y por las prestaciones de tipo económico que se llegaran a generar por dichos conductores.
- Reembolsar los costos en los que incurra el Arrendador acorde con la Cláusula 9.
- Pagar el lucro cesante y demás gastos de acuerdo con lo pactado en el presente Contrato.
- Cubrir las costas procesales y todos los gastos de honorarios de los abogados designados por el Arrendador en caso de procesos judiciales por hechos ocurridos con o en el Vehículo durante el arrendamiento y por la cartera adeudada al Arrendador.
- Aceptas que en caso tal de no realizar los pagos oportunamente, se te cobrarán intereses moratorios a la tasa máxima legal vigente.
- Permitir y disponer oportunamente el Vehículo cuando el Arrendador lo solicite para realizarle mantenimiento. En casos de no permitirlo, asumirás los riesgos derivados de dicha decisión y los valores de los daños posteriores que sufra o pueda sufrir el Vehículo por dicha situación.
- No utilizar el vehículo para actos indebidos o ilícitos. Ni para el transporte de mercancías peligrosas, inflamables, de contrabando o de origen ilegal.
- Conocimiento, autorización y aceptación.
- Conoces y aceptas que el Arrendador está facultad para cobrar directamente a través de los bancos o debitando de la tarjeta de crédito, todos los gastos relativos al Contrato de Arrendamiento, incluso los que se generen después de terminado el Contrato, pero con origen en el mismo.
- Autorizas al Arrendador para realizar los cobros no presenciales en aquellos casos en los cuales te encuentras obligado a realizar reembolsos por los conceptos aquí mencionados, así como por el lucro cesante, las protecciones y cualquier otra obligación contraída en virtud del Contrato. Para esto, el Arrendador te informará el monto de los valores que deban ser pagados y en caso de no lograr el pago directo, se cargará el valor a tu tarjeta de crédito.
- Aceptas y autorizas al Arrendador para que este pueda congelar un cupo en tu tarjeta de crédito (pre- autorización), con el valor mínimo igual a los gastos estimados previstos para el arrendamiento. Dicha garantía o pre- autorización será realizada al inicio del arrendamiento o cuando solicites una prórroga.
- Obligaciones del Arrendatario
- Obligaciones. Cómo Arrendatario tenemos las siguientes obligaciones contigo como Arrendatario y/o Usuario.
- Entregarte el Vehículo de acuerdo con la gama que solicitaste, limpio, con el tanque de gasolina lleno, en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad, con todos los documentos y equipos exigidos por la Ley para su movilidad dentro del territorio nacional. Las condiciones de entrega y la descripción del Vehículo que se te entrega se establecerán en el Acta de Entrega.
- Garantizarte la reserva a la hora establecida en la misma, con una hora de tolerancia. Después de este término, el Arrendadora podrá disponer del Vehículo reservado, salvo las Partes acuerden otra cosa.
- Sustituirte el Vehículo, sin costo alguno, en caso de fallas por defectos que no sean ocasionados por el Arrendatario y/o Usuario. Esta sustitución se hará en una agencia del Arrendador y, si el Vehículo no se puede desplazar, el Arrendador realizará todas las gestiones necesarias para el remolque de este, sin que implique un costo adicional. Si al hacer la sustitución se detecta que el Vehículo falló por mal uso, uso inadecuado o por falta de combustible, deberás pagarle al Arrendador el valor del remolque más el valor de un día de canon a las tarifas vigentes de acuerdo con el tipo de Vehículo. Igualmente quedarás obligado a pagar el valor de la reparación del Vehículo.
- Excepción. No es obligación de la Arrendadora sustituir el Vehículo en los casos de hurto, incendio, colisión, apropiación indebida, retención por las autoridades competentes, infracciones de tránsito, pico y placa o restricciones de tránsito de la normatividad vigente, pérdida de llaves, pérdida de documentos, siniestros por daños o fallas provocadas por mal uso o uso inadecuado.
- Llamamiento En Garantía
El Arrendador o a quien esta designe, podrá solicitar tu vinculación a procesos judiciales que se relacionen con el Contrato de Arrendamiento y/o el uso del Vehículo. Esto ocurre en los procesos de responsabilidad civil, en donde el Arrendador, una vez notificado del auto admisorio de una demanda iniciada por algún tercero con el propósito de realizar cobro de daños y/o perjuicios, podrá vincularte al proceso mediante el llamamiento en garantía, según el artículo 64 del Código General del Proceso.
- Merito Ejecutivo
Las partes reconocen y aceptan que el presente Contrato presta mérito ejecutivo para la exigencia judicial del cumplimiento de todas, alguna o algunas de las obligaciones de pago, de dar, hacer o no hacer que de estos documentos se deriven. Todos los valores, gastos y cargos del arrendamiento constituyen deudas líquidas y ciertas, claras y exigibles para el pago de estas, así como para su exigencia judicial de ser el caso. Siendo así, el Arrendador podrá soportarse en el Contrato de Arrendamiento y sus anexos para la exigencia judicial del cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones a tu cargo.
- Anexos. Los anexos del Contrato de Arrendamiento son:
- Términos Y Condiciones Generales del Contrato De Arrendamiento De Vehículo Vantura (este documento)
- Las actas de entrega y devolución del Vehículo.
- Politica de Privacidad.
- Las comunicaciones que realices con nosotros.
- Cotizaciones comerciales
- Terminación Del Contrato
- Terminación por cumplimiento. El presente Contrato se entenderá terminado cuando el Vehículo sea devuelto por ti en las condiciones estipuladas y te encuentres a paz y salvo por todos los conceptos que se hayan causados con motivo del arrendamiento.
- Terminación unilateral. El presente Contrato podrá ser terminado por justa causa, de manera unilateral, en cualquier momento y sin indemnización alguna, cuando:
- Ocurra un siniestro con o en el Vehículo.
- Por uso inadecuado o mal uso del Vehículo.
- Por detención del Vehículo por una autoridad competente.
- Por decisión unilateral, en dicho caso solo debe mediar una comunicación remitida por correo certificado o por correo electrónico donde se informe la decisión. Las consecuencias de dicha terminación comenzarán a regir al día siguiente de recibido el comunicado.
- Por incumplimiento de tus obligaciones, las del usuario o del conductor.
- Teniendo varias obligaciones de arrendamiento con el Arrendador, estar incumpliendo al menos una de ellas
- En caso de que suministres información falsa o incompleta a el Arrendador, o te niegues a actualizar o documentar la información que exista cuando el Arrendador o la ley lo requieran.
- Por terminación del plazo de suspensión del servicio de arrendamiento, sin que cumplas efectivamente con las obligaciones por las cuales se suspendió.
- Por remolcar o movilizar el Vehículo en los periodos de suspensión o terminación anticipada del contrato.
Si se da por terminado el contrato de arrendamiento por las causales relacionadas en esta cláusula, deberás responder por la Tarifa contratada y por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este anexo hasta el momento de la devolución del Vehículo.
- Autorización De Tratamiento De Datos Personales
Autorizas a Vantura S.A.S., o a quien represente sus derechos u ostente en el futuro la calidad de acreedor, cesionario, o cualquier calidad frente a ti como titular de la información, en adelante Las Entidades, el uso de tu información para el funcionamiento de la operación, el ofrecimiento y administración de productos y/o servicios, entre otros para que realicen los tratamientos que se indican a continuación:
- Autorizaciones para el desarrollo de su actividad. Las Entidades están autorizadas para que:
- Soliciten, almacenen, consulten, compartan, informen, reporten, rectifiquen, procesen, modifiquen, actualicen, aclaren, retiren o divulguen, ante operadores de información, riesgo y de seguridad social y parafiscales, o ante cualquier otra entidad que maneje o administre bases de datos en Colombia y/o en el exterior, todo lo referente a tu información financiera, comercial y crediticia y aquella relacionada con la liquidación o pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales (presente, pasada y futura), incluyendo datos biométricos y aquella relacionada con los derechos y obligaciones originados en virtud de cualquier contrato celebrado u operación que haya llegado o llegare a celebrar o realizar, con cualquiera de Las Entidades.
- Accedan, recolecten, procesen, actualicen, conserven, compartan y destruyan tu información y documentación, incluso cuando no se haya perfeccionado una relación contractual o después de haber finalizado.
- Suministren, consulten, verifiquen y compartan la información financiera, comercial, crediticia y/o tus datos biométricos, con contratistas o cualquier otra entidad nacional o extranjera que preste servicios de verificación o análisis de administración de riesgo; y actualicen tu información, de acuerdo con el análisis realizado.
- Compilen y remitan a las autoridades competentes, incluyendo las fiscales y los reguladores financieros, nacionales o extranjeros, la información relacionada con la titularidad de los productos y servicios contratados o que llegare a contratar, datos de contacto, movimientos, saldos, y toda aquella información que se encuentre en la entidad que sea solicitada por las normas nacionales o extranjeras.
- Consulten multas y sanciones a tu cargo ante las diferentes autoridades administrativas y judiciales.
- Consulten, soliciten o verifiquen la información sobre tus activos, bienes o derechos ante entidades públicas o privadas, o que se encuentren en buscadores públicos, redes sociales o publicaciones físicas o electrónicas, ya sea en Colombia o en el exterior.
- Consulten, soliciten o verifiquen tu información de ubicación o contacto en entidades públicas o privadas.
- Soliciten, recolecten, consulten, almacenen, compartan, actualicen, procesen, conserven y custodien tus datos biométricos tales como reconocimiento facial, dactilar, voice i.d, entre otros; entendiendo que dicha información, bajo la ley de protección de datos, es considerada como un Dato Personal Sensible y que no estas en la obligación de autorizar su tratamiento.
- Autorizaciones para fines comerciales, ofrecimiento y administración de productos y/o servicios. Las Entidades están autorizadas para que te contacten con el fin de suministrar información de productos, servicios, legal, comercial, de seguridad, con fines de actualización de datos o de cualquier otra índole, directamente y/o a través de sus proveedores, por cualquier medio, pero sin limitarse a:
- Correos electrónicos, vía telefónica, mensajería instantánea, notificaciones push y a través de redes sociales.
- Compartan tu información con proveedores o aliados;
- Consulten, soliciten o verifiquen tu información de ubicación o contacto en entidades públicas o privadas, en Colombia o en el exterior.
- Conozcan tu comportamiento financiero, comercial y crediticio y todo lo relacionado con la liquidación o pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, y el cumplimiento de tus obligaciones legales.
- Validen y verifiquen tu identidad para el ofrecimiento y administración de productos y servicios, así mismo para que se compartan la información.
- Establezcan, mantengan, terminen una relación contractual y actualicen tu información o la de tu representada.
- Ofrezcan y presten sus productos o servicios a través de cualquier medio o canal para tu beneficio y de acuerdo con el perfil.
- Revocatorias. Sin perjuicio de las autorizaciones que has otorgado a Las Entidades para el tratamiento de datos tus personales, declaras que conoces el derecho que te asiste para revocar en los términos que prevé la ley, cualquiera de las siguientes autorizaciones:
- Envío de mensajes de texto para ofertas comerciales.
- Envío de correos electrónicos para ofertas comerciales
- Oferta comercial por televentas de productos que no poseas en Las Entidades
- Compartir información con terceros aliados para que estos ofrezcan sus productos, a través de los canales de Las Entidades
- El uso de tus datos biométricos, tales como reconocimiento facial, dactilar, voice i.d, entre otros, entendiendo que con esta revocación se podrá ver limitado el acceso y/o uso de ciertos productos, servicios, canales y/o aplicativos.
- Prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo
El Arrendatario y/o Usuario se obligan a implementar las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas con o sin su conocimiento y consentimiento, como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a estas actividades. El Arrendador podrá dar por terminado de manera unilateral y de forma inmediata el contrato celebrado y suspender el que esté en proceso de serlo, en caso de que el Arrendatario y/o Usuario sean:
- Condenado(s) por parte de las autoridades competentes por la presunta comisión de delitos relacionados con el lavado de activos, sus delitos fuente incluidos aquellos relacionados con corrupción, o la financiación del terrorismo.
- Sancionado(s) administrativamente por violaciones a cualquier norma anticorrupción.
- Incluido(s) en listas administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera para el control de lavado de activos y/o financiación del terrorismo y/o corrupción en cualquiera de sus modalidades.
- Vinculado(s) a cualquier tipo de investigación, proceso judicial, administrativo, disciplinario o fiscal, adelantado por las autoridades competentes del orden nacional o extranjero, por la presunta comisión de delitos o conductas sancionables relacionados con el lavado de activos, sus delitos fuente y/o financiación del terrorismo o la violación de cualquier norma anticorrupción.
- Disposiciones Generales
- Con la firma de este contrato estás otorgando poder amplio y suficiente al Arrendador para interponer denuncias, ampliar denuncias o conseguir las constancias de la fiscalía y para realizar todos los trámites que sean necesarios en aquellos casos en que se involucre el Vehículo y que no sea posible que realices directamente.
- Los descuentos eventuales negociados no son acumulativos con las tarifas promocionales u otras promociones que se ofrezcan.
- Aceptas que conoces el contenido del presente documentos y con la firma por parte tuya de este Contrato, expresas su aceptación y te adhieres a sus términos.
- El Arrendador no se responsabiliza por los objetos olvidados dentro del Vehículo o en sus dependencias.
- El Arrendador, debido al riesgo de su operación y con la finalidad de proteger su patrimonio y su solvencia moral, se reserva el derecho de seleccionar con quien contratar, y por lo tanto podrá tomarse el tiempo que estime necesario para hacer el análisis y el estudio de estos e inclusive podrá negarse a prestar el servicio cuando encuentre razones justificadas para hacerlo.
- Información
Para más información sobre nuestros productos y servicios y en caso de presentarse cualquier inquietud queja o reclamo, lo invitamos a acceder al Sitio Web https://www.vantura.life/.